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 DECRETO N° 720

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, ERIGIDA EN COLEGIO ELECTORAL,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara constitucional, califica legalmente válida, y ratifica la elección para Concejales al Ayuntamiento de SAN JUAN TEITA, TLAXIACO, OAXACA, que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral declaró la validez de la elección y expidió las constancias de mayoría a favor de los Concejales electos, quienes desempeñarán sus cargos durante el tiempo que sus tradiciones y prácticas democráticas determinen, mismos que no podrán exceder del 31 de diciembre de 2010.

 

T R A N S I T O R I O :

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto surtirá sus efectos a partir del día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 31 de octubre de 2008.

 

 

DIP. ANTONIO AMARO CANCINO.

PRESIDENTE.
RÚBRICA.
 

 

DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ.

SECRETARIO.
RÚBRICA.

 

 

DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS.

SECRETARIO.
RÚBRICA.