DECRETO N° 720
LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, ERIGIDA EN COLEGIO ELECTORAL,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara constitucional, califica legalmente válida, y ratifica la elección para Concejales al Ayuntamiento de SAN JUAN TEITA, TLAXIACO, OAXACA, que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral declaró la validez de la elección y expidió las constancias de mayoría a favor de los Concejales electos, quienes desempeñarán sus cargos durante el tiempo que sus tradiciones y prácticas democráticas determinen, mismos que no podrán exceder del 31 de diciembre de 2010.
T R A N S I T O R I O :
ÚNICO.- El presente Decreto surtirá sus efectos a partir del día de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 31 de octubre de 2008.
DIP. ANTONIO AMARO CANCINO.
PRESIDENTE.
RÚBRICA.
DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ.
SECRETARIO.
RÚBRICA.
DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS.
SECRETARIO.
RÚBRICA.